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Señales

Posted: 05 Oct 2014 01:14 AM PDT

Señales


Opositores hicieron un Tiempo Argentino paródico de 2015, con Cristina y Lázaro en problemas

Posted: 04 Oct 2014 08:10 PM PDT

Después de "El Clarín trucho", como es llamado en las redes sociales, no faltaron las réplicas de sectores opositores al gobierno nacional. El Cipayo Argentino publicó una serie de fotos donde parodian una edición de "Tiempo Argentino, en el 2015. La era post kirchnerismo" y Elisa Carrió también hizo su propio diario Tiempo Argentino, tras el Clarín que generó y distribuyó La Cámpora. Para relatar esta actividad militante de La Cámpora, TelAm editó ocho notas
La diputada Lilita Carrió aprovechó la volada y salió con su versión del diario Tiempo Argentino, que publicó en tu cuenta de Twitter
En tanto, la agencia gubernamental de noticias TelAm dedicó ocho notas para cubrir esa actividad de la agrupación donde milita el presidente de la empresa pública

La Cámpora hizo un Clarín paródico de 2015, con Cobos, Macri y Massa de presidentes
En la CABA, La Cámpora parodió al diario con una edición con la oposición en el gobierno
En Tucumán también se repartió la versión paródica del diario Clarín
La Cámpora repartió el Clarín apócrifo en Corrientes con buena respuesta
La parodia al diario Clarín también se hizo ver en Mendoza en la versión "Cobos presidente"
Roa ve en el Clarín de La Cámpora al editor que quiere ser y no puede
Amplia repercusión en las redes sociales de la edición paródica del diario Clarín
De Pedro parafraseó a Kirchner para responder las críticas de Clarín: "¿Están nerviosos?

Ver anterior: El Comercio: "Falsificaron uno de los diarios más populares de Argentina"

Mendoza: Un fallo respalda a los periodistas mendocinos

Posted: 04 Oct 2014 05:30 PM PDT

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza respaldó el piso mínimo del sueldo de los trabajadores de prensa local que establece el artículo 59 del Convenio Colectivo de Trabajo de 1975
Por: María Eva Guevara
En una movilización sin precedentes en la historia y a través de constantes reclamos y protestas de todo tipo, los trabajadores de prensa agremiados les dijeron a las patronales de las grandes empresas periodísticas que en Mendoza tenían que cumplir con la ley, es decir, pagar el salario según el Convenio Colectivo de Trabajo 17/75. La respuesta tardó mucho en llegar, y fue hace un año atrás, en el contexto de una reunión paritaria; allí, lo que los abogados representantes de los medios de comunicación dijeron es que no tenían presupuesto para cumplir el Convenio, y si bien no hablaron de emergencia económica, tampoco ofrecieron alternativas.
Así las cosas, el escenario de la puja dio un vuelco inusitado en el aparatoso fango de las usinas corporativas de difusión y demostración de lo que es el poder. Costó entre 24 y 48 horas descubrir el mecanismo de la trampa, o sea qué había detrás de un pedido de juicio político contra el juez de la Suprema Corte de Justicia Carlos Böhm. Eso ocurrió el 30 de enero, de la mano de dos legisladores provinciales, Gustavo Valls y Patricia Gutiérrez, ocupando espacios centrales en radio, televisión y por supuesto, fueron "la tapa" de la prensa escrita.
Dos días después, mientras la cobertura mediática no hacía más que instalar el tema de una supuesta insania del juez Böhm, los abogados del Grupo Uno fueron hasta el Poder Judicial a solicitar la recusación de ese juez en un juicio emblemático para los trabajadores de prensa de Mendoza, como es el caso Assumma, en el que la sala laboral de la Corte integrada por los ministros Hernán Salvini, Carlos Böhm y Pedro Llorente tenía que ratificar por segunda vez la vigencia de la escala salarial de prensa, el art. 58 del CCT 17/75.
Apartar al juez Böhm de una causa sensible para las patronales. Recordemos que el último juicio político que se hizo en Mendoza fue para la destitución del gobernador Alberto Martínez Baca, lo cual fue fogoneado por una coalición de sectores conservadores. Por el otro, se daba un golpe "suave", esa nueva modalidad de desestabilización sobre la instancia judicial, más precisamente, sobre la más alta esfera de ese poder del Estado que es la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
Hay un cúmulo de hechos que respaldan la embestida de los empresarios de los principales medios de comunicación de Mendoza contra el art. 58, o sea, la escala salarial de prensa, del CCT 17/75. Fue llamativo que aquel 30 de enero se afirmara que Böhm tenía 78 años de edad, cuando en verdad tenía 74, y que el mismo error se replicase en todos los artículos periodísticos. Y luego, en el recinto legislativo, en todas las horas que duró el debate, ya no hubo cobertura alguna; caído el juicio político, ni la situación de los expedientes laborales ni la encrucijada de hacia dónde se inclinaría la Sala II de la Suprema Corte de Justicia fueron objeto de noticia por disposición de los empresarios de medios.
La Suprema Corte de Justicia recogió el guante y tomó dos decisiones cruciales, una fue convocar a una audiencia pública y la otra fue disponer la resolución de la controversia por el tribunal en pleno, y no por la Sala II. Fue a partir de allí que la transparencia del funcionamiento de la Justicia fue el eje que permitió ordenar una verdadera disyuntiva para la democracia: o se cedía a la presión de los grupos de poder, tal como sucedió con los amparos que prosperaron en Mendoza contra la presencia de la señal de la TV pública y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, o bien se procedía con alguna coherencia en relación a los criterios sostenidos en la jurisprudencia, que siendo nutridos y a favor del trabajador de prensa, si se iban a modificar, con más razón se iba a prestar atención al aporte de pruebas y a la exposición de argumentos de valor decisivos como son los basados en la Constitución y en los Pactos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
La audiencia pública se realizó el 9 de abril, si bien no hubo confrontación o debate, allí las partes tuvieron posibilidad de exponer cada una a su turno, sus argumentos. Se tomó el caso de una trabajadora despedida por el diario Los Andes como causa de referencia y fueron habilitados los cuestionamientos que vienen esgrimiendo las patronales en casi todos los expedientes, sólo que en forma de pregunta abierta: ¿es que el artículo 58 del CCT se encuentra alcanzado o derogado por las leyes nacionales de Convertibilidad y de Emergencia Económica que prohibieron toda cláusula de actualización monetaria?
Como activo para la cultura jurídica general tanto de periodistas como de trabajadores y estudiantes universitarios, la audiencia pública fue muy celebrada. Meses más tarde, a la hora de votar, el Dr. Alejandro Pérez Hualde dijo que contó con calificada concurrencia. El primer orador fue el abogado Carlos Varela por la Asociación de Derechos Humanos Xumek, quien contextualizó el debate y planteó una perspectiva de análisis no desde el punto de vista del derecho de propiedad sino de la sociedad civil, dada la importancia que tienen los medios de comunicación. Varela señaló que esta no era una mera discusión entre privados sino que tiene el plus del interés social en la transparencia de las decisiones, celebró que el Tribunal haya abierto sus puertas para escuchar distintos argumentos y de esa manera arribar a la mejor decisión posible y se refirió a la suspensión del artículo 58 por efecto de la dictadura militar que suspendió todos los convenios colectivos, recordando que fue con Raúl Alfonsín, en 1984, que dichos instrumentos se revalidaron aunque "lamentablemente la historia que afectó la institucionalidad que fueron las crisis económicas desde 1991 en adelante harán que se instaure la ley 23.928 que establecía un régimen de convertibilidad del austral, luego otra vez la crisis que llevó a otra ley, la de Emergencia Económica, más las modificaciones del régimen de la ley nacional de empleo en el año 2000, harán que aparezcan las dudas sobre la vigencia de este convenio colectivo", precisó, aunque a su juicio la escala salarial es válida y no puede ser derogada por las leyes mencionadas.
Por último, Varela mencionó jurisprudencia, el ya famoso caso de Orlando Assuma, quien lo escuchó con atención entre el público. Ese caso sentó un precedente importante en cuanto al cumplimiento de las leyes salariales, al igual que el caso Ruarte, donde si bien los jueces no le dieron la razón al trabajador, sí se manifestaron en favor de la vigencia del artículo 58 del Convenio.
Luego llegó el turno del diputado nacional Héctor Recalde, en representación de la Federación de Trabajadores de Prensa (FATPren). Muchos observadores comentaron que era lo más parecido a una clase magistral de derecho laboral. Recalde hizo un repaso de la Ley de Contrato de Trabajo y de lo que significó para la historia argentina que en noviembre de 1984 se pusieran en vigencia los convenios colectivos de trabajo que se habían celebrado con anterioridad a la dictadura militar, algo que fue sólo fue posible unos meses después cuando se pusieron en funcionamiento otras herramientas que permitían la aplicación de dichos convenios. Recalde puntualizó que hubo entonces dos convocatorias a discutir convenios colectivos y que debía ponderarse que el sector patronal comprendido en el ámbito de este convenio contó con dos oportunidades abiertas por sendas normas legales cuya constitucionalidad tampoco viene el caso analizar –sostuvo–, ya que lo importante es que dichas vías no fueron empleadas para procurar la caducidad del artículo 58. ¿Que cuáles eran esas dos oportunidades? Una fue la ley 25.013 de 1998 que contemplaba la posibilidad de generar nuevos convenios colectivos y la caducidad de convenios anteriores, salvo pactos en contrario, con el sólo trámite de que una de las partes signatarias plantease la solicitud. La otra posibilidad, que tampoco emplearon las patronales, fue la que se abrió con la ley de flexibilización laboral –la famosa "Ley Banelco"–.
Al concluir Recalde, expuso el profesor y especialista en derecho a la información Dr. Damián Loreti. Lo hizo en representación del Sindicato de Prensa de Mendoza. Dijo entre otras cosas que el trabajo de los comunicadores es un deber social además de un derecho y les debe ser retribuida su labor de manera correspondiente, cosa que no sucede por estos días, donde los trabajadores de prensa perciben salarios mínimos, incluso de 2.000 pesos, lejos de lo establecido por el artículo 58. Loreti hizo mucho hincapié en los principios de justicia que los tribunales tienen que respetar, principios que son fundamentales en la jurisprudencia internacional como lo es el de fijar condiciones más favorables a la situación del trabajador y someter a un examen más restrictivo aquello que venga a empeorar dicha situación.
Por su parte, el Dr. Héctor Garófoli, por la Universidad Nacional de Cuyo –representó a la carrera de Comunicación Social de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales–, hizo un reconocimiento a la audiencia pública como un hecho beneficioso y un buen punto de partida para permitir la interacción entre la sociedad y el Poder Judicial en causas que competen a la misma, pidió además que se reconociera a los comunicadores sociales como mediadores entre los hechos y la sociedad, y destacó que la comunicación es un derecho humano fundamental. También recordó a los 130 periodistas desaparecidos en la última dictadura, haciendo lo mismo con el conocido caso de José Luis Cabezas que viene a recordar que esta profesión también implica un riesgo. Por último remarcó el hecho de que las empresas periodísticas prohíben la difusión de informaciones sobre despidos masivos de empleados y conflictos como este y que los salarios en Mendoza están en depresión en cuanto a otras provincias que sí cumplen con el convenio colectivo.
Cinco meses después de esa histórica audiencia se dio a conocer el fallo de carácter plenario, que no fue unánime: los magistrados Carlos Böhm, Jorge Nanclares, Alejandro Pérez Hualde y Omar Palermo votaron en favor del planteo de los trabajadores; Mario Adaro y Herman Salvini lo hicieron en contra, mientras que Pedro Llorente, presidente de la Corte Suprema, se abstuvo de votar. Como se preveía, los medios no difundieron los argumentos del fallo, básicamente hicieron una mención, aunque el diario Los Andes fue más allá al afirmar en la noticia que lo decidido "podría afectar profundamente la sustentabilidad económica de las empresas periodísticas independientes de la provincia y con ello producir un menoscabo institucional a la libertad de expresión y al sistema democrático".
El Dr. Alejandro Pérez Hualde se expresó sobre la constitucionalidad de todo el Laudo 17/75, rebatió los argumentos que vienen esgrimiendo las patronales en cuanto a un "autoritarismo de origen" –en 1975 había un gobierno constitucional, pero la ley del arbitraje obligatorio es de un gobierno de facto– y señaló una cuestión muy importante. Explicó que durante los años de inmovilidad del salario mínimo vital y móvil (entre 1993 y 2003 estuvo en 200 pesos) las patronales dijeron que hubo un apartamiento de la norma del Laudo para acordar aumentos superiores, pero lo que viene a demostrar, según Pérez Hualde, es que si había un momento para cuestionar el contenido de la norma era ese, siempre de común acuerdo.
Además agregó: "No se ha demostrado en los autos, sobre la base de los cuales se ha convocado el plenario, ni fue tampoco –siquiera– invocado en la audiencia pública, que el resultado salarial que produce la aplicación de la norma sea excesivo en términos comparativos con otros sectores laborales. Si el salario que surge de la aplicación del artículo en los casos concretos fuera notoriamente apartado de los parámetros salariales de otros medios periodísticos o de actividades similares o comparables; podría existir la posibilidad de que la norma que aparece como ajustada al orden constitucional produzca resultados arbitrarios o exorbitantes, reñidos con lo racional. Nada se ha argumentado en ese sentido sino que se ha puesto el acento en la economía propia de cada una de las empresas de medios involucrados, en su capital y en su nivel de actividad, pero no en el resultado propiamente remunerativo del salario comprendido en la norma que se ataca. No es posible, por ello, fundar la inconstitucionalidad en esa información sólo parcial y unilateral sobre los parámetros en juego".
Por su parte, el Dr. Carlos Böhm dejó claramente señalado el sentido y la validez del sistema de fijación del salario mínimo que opera como un "piso" a la hora de negociar el básico de convenio. En base al principio de progresividad, afirmó, "no se puede ni se debe someter al trabajador a condiciones de trabajo en baja a las ya acordadas o vigentes. La idea de la negociación y de su resultado positivo en un convenio es, justamente, perseguir la movilidad de ese piso en beneficio y no en perjuicio del colectivo de los trabajadores". También añadió que si "el convenio colectivo no sirve como instrumento de redistribución de la riqueza, entonces no sirve para nada, es descalificable, traiciona su naturaleza al servir como medio de consolidación normativa de la superioridad de las empresas".
También rebatió otro argumento de la patronal, al recordar que en 1975 todas las empresas del sector llevaron el tema a la Justicia Federal y la Cámara Federal les desestimó el recurso, y que contra esa resolución fueron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en pleno año 1976–, que también les rechazó el planteo. Böhm reseñó todos los acuerdos conformes a la normativa vigente donde libremente las empresas han tomado parte, por ejemplo, el acuerdo celebrado por el Sindicato de Prensa de Mendoza y las empresas Jorge Estornell S.A., Nihuil S.A., TV. Río Diamante S.A. y Supercanal S.A., y por separado, con la empresa Diario Los Andes –Hermanos Calle S.A.– en el 2008; el acuerdo celebrado en el año 2013 entre el mismo sindicato y casi todas las empresas de Mendoza así como también la negociación del CCT 541/2008 donde participó la Asociación de Diarios del Interior de la República Argentina (ADIRA), oportunidad en la cual expresamente se excluyó de su alcance a la provincia de Mendoza por regirse según el Convenio Laudado Nº 17/75.
Por su parte, el Dr. Omar Palermo realizó una interpretación sobre la aplicación del art. 58 del Laudo 17/75 desde la perspectiva de los derechos humanos, y respetando el principio de progresividad y la prohibición de regresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Palermo destacó "el derecho al salario como un derecho humano fundamental proclamado y protegido por distintos instrumentos internacionales de derechos humanos. Recordó: la Declaración Universal de Derechos Humanos –art. 23–, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre –art. XIV–, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –arts. 6 y 7– y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –art. 7a–.
Palermo afirmó que existe un núcleo de protección insoslayable a la hora de las interpretaciones, que el Laudo 17/75 introdujo avances valiosos ya que vino a mejorar la situación salarial de los trabajadores del sector en nuestra provincia, equiparándolos a otros trabajadores de la misma actividad que, en otros lugares, habían logrado mejoras de las condiciones laborales mediante la negociación colectiva, y que el piso mínimo, vital y móvil es a fin de evitar que los empleados del sector se vean afectados por una desvalorización desmedida de su remuneración.
"Desconocer la vigencia de una norma laboral, en este caso el art. 58 del Laudo 17/75, que nació al amparo de la ley y que determina la movilidad del salario para un sector determinado de los trabajadores, implicaría un retroceso arbitrario que echa por tierra los avances logrados en el ámbito de derecho del trabajo y del derecho internacional de los Derechos Humanos", concluyó Palermo.
Fuente: Revista Veintitrés
Ver anterior: Histórico fallo de la Corte a favor de los Trabajadores de Prensa

Análisis crítico a cinco años de la sanción de la Ley de Servicio de Comunicación Audiovisual

Posted: 04 Oct 2014 11:00 AM PDT

Por: Gerardo Milman*
Al cumplirse la semana próxima cinco años de la promulgación de la ley de medios, vale la pena preguntarnos si sus logros están a la altura de lo que el Gobierno esperaba. ¿Puede ser considerada una plataforma adecuada para el progreso técnico de las comunicaciones y un bien público efectivo para la promoción del pluralismo?
Diversos objetivos previstos por la norma no se cumplen. El principal es que en nuestro país no existe aún el ejercicio del derecho de sus habitantes a acceder libremente a la información pública. El Gobierno ha hecho del ocultamiento uno de sus principales activos, impide a los contribuyentes conocer qué destino se le da a los fondos que aportan y concibe a la aplicación de esta ley como un mecanismo para hacer que la realidad encaje con su relato. A este esfuerzo se destinan millones de pesos que podrían ser utilizados para acrecentar capacidades técnicas e infraestructura. Así se le permitiría a las empresas brindar servicios que las obliguen a competir con precios a la baja, apuntando a la universalidad de sus prestaciones.
La ley brega por el desarrollo equilibrado de una industria nacional de contenidos. A un lustro de su entrada en vigencia no se observa búsqueda activa de equilibrio alguno sino, por el contrario, la aplicación de un criterio discrecional mucho más centrado en disputas sobre derechos de propiedad que en la democratización de la palabra y el real interés por los usuarios.
El Gobierno ha incumplido lo resuelto por el fallo de la Corte Suprema con respecto a la igualdad de trato debida hacia las empresas que tienen la obligación de adecuarse a la norma. Se demoran deliberadamente adecuaciones que a otros les son exigidas y se facilita la emergencia de nuevos grupos vinculados a los gobiernos nacionales, provinciales y municipales políticamente alineados. La democratización de la palabra ha resultado una paradoja de sesgo expropiador: se ha intentado pasar del "monopolio privado de naturaleza concentrada" a un nuevo modelo de concentración oligopólico integrado por amigos del poder que, a pesar de semejante respaldo, no logra la credibilidad suficiente medida en rating. Hoy el 80% de los dueños de medios mantienen negocios con el Gobierno. Un gobierno que llegó a dictar una ley para eximir de impuestos a los medios gráficos dejando, deliberadamente, a cinco fuera de tal beneficio.
También la ley falla en cuanto a su pretendido objetivo antidiscriminatorio en materia de género: la mujer continúa siendo tratada como objeto sexual en los programas de mayor audiencia y subvalorada en cuanto a sus capacidades en muchas empresas.
La administración y el manejo del espectro radioeléctrico son caóticos. Basta con sintonizar una radio legal durante un trayecto en una autopista para advertir cómo, en cuestión de minutos, se le superponen varias emisoras "piratas".
Mención especial merece la conversión de la vieja Argentina Televisora Color de la dictadura en esta triste Televisión Pública. Ambas fueron convertidas en emisoras del partido de gobierno. Mientras ayer el partido militar tapaba la realidad de la época más nefasta del país contándonos la victoria de la Guerra de Malvinas, hoy el kirchnerismo hace uso y abuso de la cadena nacional, maneja Fútbol para Todos con fines propagandísticos y emplea los recursos públicos para la promoción de obras y funcionarios. Hace apología de su gestión en un país donde la inflación, la inseguridad y la pobreza, según nos explican, son sensaciones, obra de conspiradores o pura fantasía.
En sintonía con la partidización de lo público se ha puesto en marcha un plan para crear un sindicato de locutores adictos. Para concretarlo, el oficialismo otorga carnets de locutores a lo largo y a lo ancho del país por el mero hecho de asistir a cursos locales de dos jornadas de duración. No es que estemos en contra de la pluralidad sindical, pero lo que parece poco ético es el intento deliberado de degradar al ISER (que debería ser una institución académica estatal independiente del Poder Ejecutivo) para dejar "cuadros" instalados en medios diseminados por todo el país para cuando el gobierno abandone el poder. En un año y medio se han entregado 1500 carnets a "locutores" que no cuentan con la formación mínima necesaria.
Otra cuestión dramática es el desconocimiento que el Gobierno tiene sobre la realidad del mercado de las comunicaciones. Prueba de eso son los 134 concursos que, en los últimos diez meses, tuvieron que ser declarados fracasados porque no había destinatarios aptos para cumplir con las requisitorias mínimas exigidas en los pliegos.
En estos cinco años ha quedado demostrado que estamos frente a un plan sistemático para acallar algunas voces y potenciar la propia. Lo que el Gobierno blandía como pluralidad de voces no era más que su pretensión de propiciar la existencia de más voces sosteniendo lo mismo, es decir, multiplicar repetidores o replicantes.
Las autoridades que lleguen al poder en 2015 deberán corregir estos desvíos autoritarios, disminuir el tenor reglamentarista de una ley que queda siempre a la zaga del cambio tecnológico y pensar toda modificación con la mirada puesta en los usuarios mucho más que en la disputa por la propiedad de los medios.
*Director por la oposición en el AFSCA
Fuente: Diario La Nación

La TV muere en 20 Años

Posted: 24 Sep 2014 01:08 AM PDT


La televisión morirá en 20 años, asegura el CEO de Netflix.

En Estados Unidos, Netflix ha cambiado la manera de entender el negocio de las películas y series a través de Internet.

En una entrevista, su cofundador y CEO, Reed Hastings, habla sobre la expansión de la compañía, los retos que afronta y el futuro de la televisión.

 ¿Cuáles considera los principales rivales de Netflix, la televisión clásica o los servicios de streaming?

La pregunta clave es: ¿Qué hace usted para relajarse cuando llega a casa por las tardes después del trabajo? ¿Sale a correr? ¿Juega a algún juego? ¿Ve la televisión? ¿O Netflix? Hay un gigantesco abanico de opciones, y por tanto competidores, en cómo cada cual distribuye el tiempo.

¿Y en concreto, para ustedes?

No destacaríamos ninguna empresa en particular. Los canales de televisión locales son claramente un rival central, pero también lo es la piratería en Internet que practican los usuarios más jóvenes.

¿Desaparecerá la televisión clásica, tal y como la entendemos hoy?

Sí, seguro. Calculo que en un plazo de 20 años. Incluso las retransmisiones deportivas se llevarán a cabo a través de apps e Internet, y se podrá buscar una determinada perspectiva de cámara y concentrarse en un determinado jugador o un determinado equipo.

¿Quiere decir que dentro de unos años podremos ver un Mundial de Futbol en Netflix?

No, eso resulta demasiado caro. La competencia para la retransmisión de eventos deportivos es enorme. Nosotros nos concentramos a largo plazo en películas y series. En la programación de Netflix, en los distintos países hay tantos contenidos exclusivos como películas y series que también ofrecen otros canales de televisión.

¿Disponen de un programa suficiente como para imponerse?

Creo que sí. En cada mercado intentamos mejorar tras el lanzamiento, aprendemos lo que le gusta a la gente y en función de eso añadimos contenidos. También echamos un ojo a qué material pirata se descarga de webs como bittorrent.

¿Su objetivo es asumir el liderazgo del mercado?

No se trata tanto de ser el primero, el segundo o el tercero. En Estados Unidos, un tercio de los hogares son clientes nuestros.

¿En su expansión a Europa, han tenido en cuenta la preocupación por la protección de datos tras las revelaciones de Edward Snowden?

Nuestra central europea está en Holanda, un país que tiene una estricta normativa de protección de datos. No vendemos publicidad ni datos de usuarios, solo la utilizamos para personalizar recomendaciones.

¿Cómo se hicieron con la serie House of Cards, cuando los derechos los habían adquirido otros oferentes?

Fue una cuestión de dinero. Muchas de las películas que oferta Netflix tienen varios años.

¿Es previsible que los dueños de los derechos de los nuevos blockbusters permitan que estos lleguen más rápido a los servicios de streaming?

Lo hacen si les pagamos lo suficiente y para eso necesitamos una gran cuota de mercado.

¿Se plantean la compra de competidores?

No lo tenemos previsto. 
Por Agencia DPA - Señales
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